Transcribimos notas presentadas a la Dirección del CBC en torno a las condiciones laborales de los docentes interinos del CBC
por la Profesora Silvia Rivera (IPC) y el Dr. Ricardo Monner Sans.
Bs. As., 26 de marzo de 2014
Sr.
Director del Ciclo Básico Común
Universidad
de Buenos Aires
Prof.
Jorge Ferronato
S / D
Yo,
Silvia Rivera, en mi carácter de Profesora Asociada Regular de la Cátedra
“Introducción al Pensamiento Científico” del Ciclo Básico Común de la
Universidad de Buenos Aires, me dirijo a Ud. con el objetivo de expresar mi
repudio por la modificación arbitraria e injusta de las condiciones de trabajo
de gran parte de los docentes del Ciclo Básico Común. También para expresar mi
acuerdo con los términos del comunicado que la Asociación Gremial Docente
difundió días pasados.
Se trata de docentes precarizados, que
mantienen desde hace casi treinta años la condición interina a la espera de
concursos nunca sustanciados. Es esta una situación grave, que viola toda
normativa vigente y que requiere pronta
reparación.
Dada la irregularidad de la situación,
le solicito tenga a bien reconocer y respetar los derechos laborales adquiridos
por los docentes interinos de la Unidad Académica que Ud. dirige, en relación a
la proporción entre carga horaria y retribución salarial.
Adjunto a la presente la respuesta de
mi abogado, Dr. Ricardo Monner Sans, a la consulta que realicé oportunamente
sobre esta cuestión.
Lo saluda atentamente
Silvia Rivera
Prof.
Asociada Regular
Universidad
de Buenos Aires
NOTA
DR. MONNER SANS
Sí, Profesora Silvia Rivera. El tema
Universidad-docentes, siempre me ha preocupado. Es más, alguna vez
“judicialicé” alguna situación impropia, consiguiendo que el Tribunal quebrara
cierta postura de ajenidad frente a estas cuestiones. Me ha preocupado como
ciudadano, como ex docente, como hijo de quien fue Decano de la Facultad de
Filosofía y Letras durante la inolvidable gestión de Rizieri Frondizi.
En fin, me ha preocupado y me preocupa
como abogado por la inestabilidad laboral de los docentes del CBC de la
Universidad de Buenos Aires, en especial los que tienen el cargo de Jefe de
Trabajos Prácticos, Ayudante de Primera, Ayudante de Segunda. Escapan a la
normativa vigente y son algo parecido a “semidocentes”. Por lo que hay una
inestabilidad laboral que no condice ni con el derecho privado (ley de contrato
de trabajo) ni con el derecho público (la estabilidad constitucional del empleo
público).
De allí que sufran modificaciones en
las condiciones de su labor, con incidencia en la proporción “carga
horaria - retribución”. Por el resto, he
comprobado que en algunos casos esa situación de inestabilidad se ha traducido
en criterios de arbitrariedad lesionando lo que jurídicamente se conoce como el
DERECHO A LA CARRERA.
Sus preocupaciones, Profesora, son las
mías. La ética universitaria (quizás sería mejor decir “la ética ciudadana”)
exige no bajar los brazos y plantear permanentemente lo injusto. Y es injusto
lo que acabo de evaluar de manera muy sintética.
Aunque todo esto es largamente sabido,
autorizo a que mis consideraciones en torno a lo que usted me ha preguntado
pueda ser conocido por otras personas. En buen romance: nada de lo dicho es
“privado”.
Aprovecho para saludar a Vd. muy atentamente
RICARDO
MONNER SANS.
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