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lunes, 25 de enero de 2010

Absolución a Lucas Giono y los compañeros de la FADU

LA ASOCIACIÓN GREMIAL DOCENTE DE LA UBA EXIGE LA ABSOLUCIÓN DE LUCAS GIONO Y LOS COMPAÑEROS DE LA FADU FALSAMENTE ACUSADOS



A instancias del Procurador General del Gobierno Nacional, Esteban Righi, se reabre la causa que iniciara en el 2002 el entonces subsecretario académico, Marcelo De Cusatis (actual subsecretario de infraestructura del gobierno la UBA) contra Gabriel Trebino (entonces presidente del CEADIG), Sebastián Goldfarb (consejero estudiantil en el 2002) y Lucas Giono (entonces consejero estudiantil y ex presidente del CEADIG, actual docente-investigador de la FADU, consejero directivo por la mayoría del claustro de graduados y miembro de la Comisión Directiva de la AGD-FADU y de la Mesa Ejecutiva de la AGD–UBA)..

Afirmó Esteban Righi como abogado de la querella que este tipo de movilizaciones “suelen contar con dirigentes más o menos identificables” a quienes “puede y debe adjudicárseles la responsabilidad del hecho”. La camarilla radical-kirchnerista que gobierna la UBA, siguiendo esta política, tiene como respuesta la persecución y judicialización de dirigentes y activistas docentes, graduados y estudiantiles que se oponen a sus intereses.

La querella de la causa pretende nuevamente presentar como una “privación ilegítima de la libertad” una de las tantas movilizaciones con las que los docentes y estudiantes enfrentaron y derrotaron en ese entonces el arancelamiento en la enseñanza de grado de la FADU.

Este juicio intenta penalizar las movilizaciones populares de 2001, cuando se puso en evidencia la total incapacidad de los órganos de gobierno para satisfacer las demandas de trabajo digno, salud, vivienda y educación públicas. La movilización en FADU quebró la hegemonía privatista de la Franja Morada y esa es la motivación del proceso por el que los compañeros ya fueron sobreseídos en primera instancia en el año 2004. Pero es con la presentación de Righi que se revoca ese sobreseimiento, imputándoles el mismo delito que a los genocidas y apropiadores de la dictadura.

Hoy, a siete años del episodio y a punto de prescribir, la causa es reactivada:

> La reactivan cuando el mismo grupo que la impulsa intenta recuperar su hegemonía en la FADU, la única Facultad de la UBA que aún no eligió Decano (leer declaración de AGD-FADU en: http://docentesfadu.blogspot.com/2009_11_29_archive.html);

> Cuando la Asamblea Universitaria acaba de reelegir a Hallú en una sesión “express”, cuestionada en su legitimidad por su adelantamiento y la exclusión de decenas de asambleístas, dentro del Congreso Nacional, con represión y sin debatir las reivindicaciones básicas que hacen a la democratización de la Universidad.

Por ello, la AGD-UBA, que está siendo atacada en cabeza de su Secretario de Derechos Humanos, exige la absolución de Lucas Giono y los compañeros de la FADU falsamente acusados.

Nos pronunciamos contra toda judicialización de la movilización de sus dirigentes y del activismo ante este nuevo ataque. Reivindicamos los métodos con los que contamos docentes, estudiantes y no docentes para hacerle frente al ajuste y privatización de la educación pública.

La AGD-UBA, junto al CEADIG, convoca a una reunión de coordinación el día 1 de febrero a las 18.30hs en el Hotel BAUEN (Av. Callao 360), para organizar la campaña y actividades (acto, conferencia de prensa, recolección de adhesiones, etc.) con el fin de lograr la absolución y expresar el repudio a esta causa y a toda forma de criminalización de la protesta.

Llamamos a todos los docentes, estudiantes, no docentes, a las organizaciones gremiales de los trabajadores, estudiantiles, organismos de derechos humanos, legisladores nacionales y locales, personalidades de la cultura, a sumarse a la más amplia campaña de solidaridad, denuncia y reclamo.

* Expresando su solidaridad firmando el petitorio (imprimir desde http://absolucion-ya.org/blog/?p=6 o desde www.agduba.org.ar). El petitorio se puede entregar en la sede de AGD-UBA (M. T. de Alvear 2230, of. 207).
* Dejando una adhesión en http://absolucion-ya.org/blog/?page_id=14 (realizar un comentario en el formulario al pie de página) o enviando un mail a agd@mail.fsoc.uba.ar
* Enviando un fax al juzgado (ver en: http://absolucion-ya.org/blog/?page_id=24). Solicitamos entregar copia del fax en la sede de AGD-UBA (M. T. de Alvear 2230, of. 207).
* Y finalmente, el 22 y 23 de febrero convocamos a todos a movilizarnos juntos a los Tribunales por la absolución y el cierre definitivo de esta causa.


AGD-UBA en Conadu Histórica

Para ver Declaración de la CONADU Histórica, hacer click aquí

jueves, 21 de enero de 2010

22/01 MARCHA NO AL PAGO DE LA DEUDA EXTERNA

NO AL PAGO DE LA DEUDA EXTERNA

Viernes 22 de enero, 17:00
Marcha de Congreso a Plaza de Mayo
AGD-UBA concentra en Av. de Mayo y Rodríguez Peña



Asistimos a una nueva crisis política cuyo carácter se manifiesta con mayor claridad que las precedentes: se disputa ya no sobre el destino de tal o cual retención al capital agrario o el de los fondos de la Anses, sino directa y abiertamente sobre las reservas del Banco Central para, de un lado y del otro, mejor pagar la deuda externa.

El anuncio del Gobierno de constituir un Fondo del Bicentenario para el desendeudamiento y la estabilidad por unos 6..569 millones de dólares ratifica una orientación de subordinación al sistema financiero mundial que, sumado a los 10.000 millones de dólares de cancelación anticipada al FMI en el 2006, involucra fondos públicos para pagar una deuda que fue generada bajo la dictadura y que fuera convalidada y acrecentada por los sucesivos Gobiernos desde 1983.

La decisión del Gobierno de echar al Presidente del Banco Central no garantiza soberanía bicentenaria alguna. Antes bien, es uno de los últimos recursos de un Gobierno que agota las cajas existentes y apela a este nuevo fondo para “honrar” la deuda pública, garantizar los futuros pagos y mantener el esquema de subsidios que financia los negocios de los grupos económicos capitalistas, los mismos que saquearon y saquean al país, incluidos sectores financieros afines.

La oposición parlamentaria que acuerda en pagar la deuda expresa los intereses de la banca internacional. La solidaridad de los banqueros con Redrado es la palmaria demostración de ello. Esa es la única institucionalidad que defienden.

Ninguno de los sectores en disputa plantea el no pago de la deuda pública. Ninguno propone destinar parte de la reserva o de los fondos superavitarios a resolver los acuciantes problemas de los sectores populares: el desempleo, la falta de vivienda, salud, educación, infraestructura.

Por el contrario, como bien sabemos en “carne propia”, los cumplimientos con el FMI, el Club de París y cualquier tipo de fondo que sea o no llamado buitre, significa el recorte de fondos para educación, salud, vivienda. Nuestro reclamo de incremento presupuestario en sí mismo implica el no pago de la deuda pública.

La AGD-UBA ratifica su histórico posicionamiento por el no pago de la deuda pública sea con fondos del Banco Central o con fondos presupuestados (impuestos, PAMI, Anses) y sostiene que el destino de los fondos públicos debe dar satisfacción a las necesidades de las mayorías populares. Asimismo, la AGD-UBA se opone a cualquier maniobra golpista e insiste en que la crisis la paguen los capitalistas.

Por todo esto, junto con numerosas organizaciones, AGD-UBA convoca este viernes 22 de enero, a las 17.00, a marchar de Plaza Congreso a Plaza de Mayo con las siguientes consignas:

1) No al pago de la ilegítima y fraudulenta deuda externa.

2) No al pacto del Gobierno y de los opositores que quieren pagar la deuda, a los usureros internacionales y a sus socios locales, sea con decretazos o con acuerdos parlamentarios.

3) Sí a que los dineros del pueblo sean destinados a obras públicas, viviendas, trabajo, educación y salud.


AGD-UBA en CONADU Histórica

lunes, 11 de enero de 2010

Estimadas/os Docentes:

Desde AGD-Ciclo Básico Común reproducimos el siguiente Boletín Informativo enviado por nuestra Asociación Gremial Docente, asimismo informamos que en archivos adjuntos enviamos formulario, notas modelos, y Resolución del Rector de la UBA de interés.

Cordiales saludos,

AGD-CBC



AGD UBA Informa:

Estimados Colegas: En este Boletín importantes novedades sobre Jubilación de Docentes Universitarios. A todos los efectos la Sede de AGD UBA atenderá durante el mes de enero en el horario de 11 a 16 horas. M.T. de Alvear 2230 Of.207. TE 4964 0826 o por correo a agd@mail.fsoc.uba.ar

En esta comunicación sintetizamos la información. En otra la valoración más detenida del tema.

Sumario:

1) Resolución del ANSES para iniciar trámite jubilatorio o solicitar la transformación del beneficio previsional.

2) Sobre la opción para permanecer en actividad hasta los 70 años: Resolución de la UBA y nota para ejercer la opción



1. Resolución del ANSES para iniciar trámite jubilatorio o solicitar la transformación del beneficio previsional.

Transmitimos la comunicación que elaboramos en Conadu Histórica sobre la publicación por

ANSES de los formularios para iniciar trámite jubilatorio o solicitar la transformación del beneficio previsional.

En el día de la fecha la ANSES ha publicado en su sitio web – www.anses.gob.ar - el Formulario P.S.6.285 ( http://www.anses.gov.ar/formularios/pdf/PS6_285 - Certificación Complementaria de Servicios y Remuneraciones Ley Nº 26.508 - Régimen Personal Docente Universitario.

La publicación de esta normativa posibilitará dar comienzo a dos tipos de trámites:

a) Para docentes en actividad: Inicio del trámite jubilatorio en virtud de la Ley 26.508 y su reglamentación: Resolución SSS 33/2009.

b) Para docentes jubilados y/o pensionados: Solicitud de TRANSFORMACIÓN de su actual beneficio previsional de acuerdo a las previsiones de la Ley 26.508 y su reglamentación: Resolución SSS 33/2009.

Para tales efectos deberá observar lo siguiente:

1º) Ante la/s Universidad/es Nacional/es donde presta o prestó servicios deberá solicitar que se complete y certifique la información requerida en el Formulario P.S.6.285. El mencionado formulario puede solicitarlo en AGDUBA; o imprimirlo desde la propia página web de la ANSES.

La información contenida en el formulario debe estar debidamente certificada por los funcionarios de las Universidades Nacionales autorizados y acreditados ante la ANSES.

Es importante - pero también lamentable - destacar que al día 01/01/10 las siguientes Universidades Nacionales aún no han informado los funcionarios autorizados a acreditar servicios y remuneraciones docentes: UBA - Gral. San Martín - La Plata - Luján - Tres de Febrero - Misiones - Rosario - Córdoba - Río Cuarto - Santiago del Estero - Villa María - Río Negro - Patagonia San Juan Bosco - Instituto Nacional del Arte.

2º) Con ese formulario completo y debidamente certificado deberá concurrir - previa solicitud de turno ante la ANSES - a la UDAI de su localidad para inciar el trámite jubilatorio o solicitar la transformación del actual beneficio previsional.

IMPORTANTE: Para el caso de los docentes jubilados y/o pensionados que soliciten la

TRANSFORMACIÓN de su actual beneficio previsional de acuerdo a las previsiones de la Ley 26.508, deberán acompañar el Formulario P.S.6.285 http://www.anses.gov.ar/formularios/pdf/PS6_285 con una nota donde manifiesten dicha solicitud. La nota puede retirarla en AGD UBA.

Recurra con su consulta o duda a AGD UBA. Nuestra Asociación cuenta con un Departamento de Seguridad Social que lo orientará en todo lo necesario.

Asimismo debemos recordar que los Docentes de los Niveles Preuniversitarios en actividad, jubilados o pensionados no están alcanzados por las previsiones de la Ley 26.508 y su reglamentación: Resolución SSS 33/2009, en virtud de estar vinculados previsionalmente a otro Régimen Especial Jubilatorio que es la Ley 24.016 (82% móvil).

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2) Sobre la opción para permanecer en actividad hasta los 70 años: Resolución de la UBA y nota para ejercer la opción para permanecer en actividad hasta los 70 años.

El derecho de optar (no es obligatorio) por permanecer en la actividad docente en el ámbito de las Universidades Nacionales, hasta los 70 años está plenamente vigente. Esto fue posible por la sanción y promulgación de la Ley N º 26.508 - Régimen jubilatorio de los Docentes de las Universidades Nacionales. Una clara conquista de la clase trabajadora gestada por la lucha y compromiso de todos los Docentes de las Universidades Nacionales.

Por esta razón NO SON VÁLIDAS las intimaciones a jubilarse o los ceses impuestos de forma unilateral por la patronal universitaria al momento en que el Docente cumple los 65 años.

Como ustedes saben ante la continuidad de estas intimaciones en la UBA , AGD UBA elevó al Consejo Superior un documento y propuesta de Resolución a efectos de suspender el Artículo 51 del Estatuto (pude consultarse en www.agduba.org.ar ).

El 28 de enero el Sr. Rector Rubén Hallú emitió una Resolución (2241/09) que adjuntamos en archivo. con la siguiente comunicación por parte del Secretario General Dr. Mas Vélez a los Decanos:

"Me dirijo a Ud. con el objeto de hacerle llegar copia de la Resolución (R) “Ad Referéndum del Consejo Superior" Nº 2241/2009.

Asimismo, le solicitamos que tenga a bien informar a todos los docentes regulares que se encuentren alcanzados por lo dispuesto en el artículo 51 del Estatuto Universitario y a los comprendidos en el artículo 1º de la Resolución (CS) Nº 1377/98, que sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 3º de la Resolución que se comunica mediante el presente, los mismos podrán solicitar el cese de sus funciones docentes.



Sin otro particular, lo saludo a Ud. con mi consideración más distinguida.


Abog. CARLOS MAS VÉLEZ

Secretario General"



La resolución abarca básicamente dos aspectos:

a) Suspende la aplicación del artículo 51 (los docentes que alcancen los 65 años no cesan en su relación laboral al alcanzar esa edad) de acuerdo a lo reclamado por nuestra Asociación.

b) Con un fundamento insólito anuncia que las Autoridades de la UBA recurrirán a la justicia contra este derecho conquistado.

Para no abusar de lo extenso de este mensaje, comunicaremos en uno siguiente el análisis y la denuncia de esta actitud e intención del Rectorado.

A los fines de los docentes que quieran ejercer su derecho a la opción hemos elaborado un “FORMULARIO TIPO” ( que pude imprimir desde www.agduba.org.ar) que le facilitará la solicitud ante las autoridades de la Universidad en la que Ud. presta servicios. O solicitarla en AGD UBA.

Al respecto queremos que tenga en cuenta algunas consideraciones:

a) la nota debe presentarse con anterioridad a cumplir los 65 años (varones) y 60 años (mujeres).

b) la presentación de la misma no implica la obligatoriedad por parte del/ la Docente a permanecer hasta los 70 años. Puede manifestar su opción y acogerse al beneficio jubilatorio de la ley 26.508 una vez que haya cumplido con los tres requisitos establecidos: edad mínima (60 años - mujeres / 65 años – varones); los años de servicio requeridos (25 años de servicios universitarios docentes de los cuales 10 como mínimo continuos o discontinuos deben ser al frente de alumnos) y registrar el último cese en la actividad laboral, en la Docencia Universitaria.

c) los Docentes-Investigadores comprendidos en la Ley 22.929 (es decir aquellos Docentes con dedicación exclusiva, plena o de tiempo completo que realicen directamente actividades técnico-científicas de investigación o desarrollo y de dirección de estas actividades y los investigadores de los organismos científico-tecnológicos) también pueden optar por permanecer en la actividad laboral hasta los 70 años. En ese caso se les seguirá respetando el haber jubilatorio al cese de la Ley 22.929 (85% móvil) de acuerdo a lo establecido en la Resolución SSS 33/2009 que reglamenta la Ley 26.508.

d) esta opción NO ES APLICABLE a los docentes de los niveles preuniversitarios que, previsionalmente, se encuentran amparados por la Ley 24.016.


CONOZCA SUS DERECHOS y DEFIÉNDALOS.

AFÍLIESE A AGD UBA y A LA CONADU HISTÓRICA

sábado, 9 de enero de 2010

Nota por transformación al nuevo régimen jubilatorio

A continuación, estimada/o colega podrá contar con la nota modelo que deberá acompañar junto al formulario emitido por el ANSES para realizar la solicitud de transformación del régimen jubilatorio.


Ciudad de ………………….., ….. de …………… de 20…..-


Al Sr. Director Ejecutivo de la Administración
Nacional de la Seguridad Social – ANSES
Lic. Diego BOSSIO
SU DESPACHO


Quien suscribe ……………………………………..……………………., DNI …………………, CUIL …………………………, en mi carácter de titular del Beneficio Nro. …………………………., domiciliado en la calle……………………………………………..... de la ciudad de ……………………………………….. al señor Director Ejecutivo digo que:

Vengo a solicitar la TRANSFORMACIÓN de mi beneficio previsional de acuerdo a las previsiones de la Ley 26.508 y según lo prescripto en el art. 4º de la Resolución 33/2009 de la Secretaría de Seguridad Social.

A tal efecto acompaño la Certificación Complementaria de Servicios y Remuneraciones Ley Nº 26.508 - Régimen Personal Docente Universitario (Formulario ANSES P.S.6.285) debidamente completado y certificado por el/los funcionario/s universitarios autorizados ante esa Administración Nacional.

Saludo a Ud. muy atentamente.-

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